Pablo Soto y Juan Ignacio Contardo se refirieron al fallo del Tribunal Constitucional

Pablo Soto y Juan Ignacio Contardo se refirieron al fallo del Tribunal Constitucional

Convocatoria (1)

Pablo Soto, el nuevo co-director e investigador de ADECO, comentó el fallo del Tribunal Constitucional en El Mercurio Legal.

Entre otras cosas, señaló: «La sentencia tiene un razonamiento asaz rudimentario, a saber, que cuando un órgano ejerce un conjunto de atribuciones —entre las cuales resulta paradigmática la potestad sancionatoria— en verdad ejerce “jurisdicción” (considerando 36º). Este aserto choca directamente con la jurisprudencia anterior del mismo TC, que hace ya 20 años adoptó una solución de compromiso entre aceptar la constitucionalidad de la potestad sancionatoria en la Administración, siempre que esta se sujetara a garantías, por la vía de matizar —flexibilizando— aquellas del Derecho Penal (STC 244, STC 480). Es precisamente este desarrollo aquel que permitió “administrativizar” y diferenciar funcional y estructuralmente la potestad sancionatoria de la Administración como una cuestión distinta al ejercicio de facultades jurisdiccionales. No deja de ser una ironía, por lo mismo, que quien propusiera en nuestra literatura tal arreglo, a fines de los años 80, fuera, justamente, quien preside hoy el Tribunal Constitucional»

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Por su parte, Juan Ignacio Contardo, envió una Carta al Director al diario La Tercera. Allí señaló: «… lo que pretendía el proyecto de ley, en su mayor parte, era el fortalecimiento del Sernac, no de los derechos de los consumidores. No cabe confundir ambas cosas, pues fortalecer al Sernac no implica, per se, una mejora efectiva en los derechos de los consumidores».

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