“Cúmulo de acciones en la calidad de la vivienda”

2013

A continuación se presenta un informe denominado “Cúmulo de acciones en la calidad de la vivienda” realizado por Paulina Espinoza, estudiante de Derecho de la Universidad Diego Portales.

Este estudio se surge una vez que nace la interrogante sobre qué sucede ante posibles defectos en las viviendas adquiridas, tales como vicios ocultos o defectos en la construcción que afecten la calidad de la vivienda que adquiere el comprador.

La reforma al DFL N° 458 de 1975, es decir, la Ley General sobre urbanismo y construcción, regula la obligación de los proveedores de responder cuando el bien, o en este caso la vivienda (inmueble), no es apta para los fines y usos previsibles para los que se suelen adquirir en el mercado, tomando en cuenta las circunstancias bajo las que fueron adquiridos o contratados.

Por otra parte hay que tomar en consideración la modificación que sufrió la Ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores de 1997. El espíritu de esta reforma (L.19555 DE 2004) tenía un claro sentido protector, el que se expresa en la ampliación de su ámbito de aplicación, derivándose con ello la incorporación de un nuevo artículo que, según se expondrá, en principio excluye la calidad de los inmuebles. Sin embargo, los jueces de policía local y Cortes se han abierto para conocerlos igual modo.

En consecuencia, existirían leyes que regularían el mismo problema; por una parte, la Ley general de urbanismo y construcción, norma especial destinada al efecto, protectora del adquirente frente al propietario primer vendedor, y por otra la ley sobre protección a los derechos de los consumidores, que pese a la exclusión del artículo 2 letra e) la práctica judicial ha conocido problemas de calidad de las viviendas.

Ante esta dicotomía de normas y cúmulo de acciones cabe preguntarnos ¿Cómo se resuelve? ¿cuál es el mecanismo idóneo para solucionarlo? Es decir, si existe una opción, o si bien la Ley general de urbanismo y construcción prima por sobre la Ley de protección del consumidor. Y de ser así, cuál sería la razón.

Por medio de este estudio se espera colaborar con la difusión de los derechos de los consumidores e informarlos con el fin de prevenir circunstancias que afecten sus derechos a la hora de contratar.

Paulina Espinoza 2013 Cúmulo de acciones en la calidad de la vivienda.pdf

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